Monitorear a trabajadores por medio de la webcam viola los derechos humanos, dictaminó corte europea

Un juzgado de los Países Bajos se mostró a favor de un empleado que fue despedido por negarse a ser vigilado

Por:  Javier Neri

En noticias que sientan precedentes, una corte de los Países Bajos falló en favor de un empleado que había demandado a su vieja empresa por un despido injustificado. El hombre fue recortado tras negarse a ser monitoreado en horas laborales a través de su webcam, reportó The Verge. En su dictamen, el organismo legal argumentó que instruir a los empleados a mantener sus cámaras encendidas durante el trabajo conflictúa con el respeto a su privacidad. 

La compañía involucrada se llama Chetu y está asentada en Florida, Estados Unidos. Se dedica al telemárketing y de acuerdo a lo citado durante el juicio, acostumbra imponer una vigilancia exhaustiva a sus empleados, requiriéndoles compartir las pantallas de sus equipos y midiendo todas las actividades de sus computadoras. 

"No me agrada ser monitoreado durante 9 horas al día por una cámara. Es una invasión de mi privacidad y me hace sentir muy incómodo", argumentó el trabajador como motivo para no encender su cámara, "ya pueden monitorear todas las actividades de mi laptop y estoy compartiendo mi pantalla", concluyó.

La empresa justificó esta respuesta como una muestra de "negarse a trabajar" e insubordinación, por lo que le despidió al poco tiempo. 

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Apela a los juzgados 

La corte calificó como una violación de los derechos humanos las prácticas de la empresa

El trabajador se mostró indignado ante la medida que había tomado la compañía, por lo que decidió llevarla a juicio por despido injustificado. Aún cuando la empresa tiene jurisdicciones diferentes en EUA, la corte de los Países Bajos concluyó que las prácticas de Chetu iban tan en contra de la privacidad ajena, que inclusive violaban los derechos humanos. 

El trabajador, quien había desempeñado su puesto a través de un contrato de outsourcing, recibió a cambio todas sus exigencias a favor: el costo total del juicio; salarios atrasados, todas las deudas obligadas por ley y como extra, una cuantiosa multa de 50 mil dólares, así como una orden a la empresa para que modificara su documentación sobre el motivo de la baja del individuo, quien figuraba como "incompetente". 

"Vigilar las 8 horas del día por medio de una cámara es desproporcionado y no se permite en los Países Bajos", se lee en el veredicto, donde se cita a la Convención del Respeto por los Derechos HUmanos y las Libertades Fundamentales, "la videovigilancia de un empleado en el trabajo, sea consensuada o no, debe ser considerada como un intruso en la vida privada del trabajador".

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