El tribunal concedió por unanimidad un amparo liso y llano a Gonzalo García, Juan Luis López y Héctor Muñoz.
Netflix retrató en el documental "Duda razonable" el caso de Gonzalo García, Juan Luis López y Héctor Muñoz, quienes fueron procesados por un delito que no cometieron. La Suprema Corte de Justicia de la Nación decidió investigar y consiguió un amparo liso y llano para ordenar su liberación pues las pruebas recogidas fueron suficientes para considerar que fueron condenados por tentativa de secuestro injustamente.
El caso dejó al descubierto las deficiencias e irregularidades de los agentes, fiscales y jueces involucrados. Todo comenzó el 20 de junio de 2015, el día en que Héctor Muñoz sufrió un accidente de tráfico con una camioneta frente a una gasolinera Pemex en Tabasco. El conductor le disparó en la mano cuando se bajó a reclamarle y además lo acusó de haber intentado secuestrarlo. La policía también detuvo a Gonzalo García y Juan Luis López, quienes se encontraban en su auto dentro de la misma gasolinera. Los tres fueron procesados por el delito de secuestro.
La Suprema Corte pudo comprobar que los policías no revisaron las cámaras del lugar, no entrevistaron testigos, se contradicen en sus versiones, no encontraron relación entre los tres hombres y no respetaron la cadena de custodia de los objetos y vehículos involucrados. La única testigo de los hechos defendía su inocencia. Luego de que fueron detenidos, los llevaron a un edificio secreto de la Fiscalía donde fueron torturados: recibieron golpes y ahogamientos con bolsas de plástico. El Ministerio Público ordenó su liberación, sin embargo, los detuvieron por el presunto secuestro de G. L. P, hermana de A. C. P., el 26 de mayo de 2015.
Los tres hombres fueron vinculados a proceso injustamente
Héctor, Gonzalo y Juan fueron condenados a tres años y seis meses de cárcel en febrero de 2018 durante el juicio oral en la Tercera Sala Penal de Oralidad del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tabasco. Los ministros consideraron que se violó la presunción de inocencia y después de revisar todas las pruebas, testimonios y evidencias pudieron probar que efectivamente no habían intentado secuestrar a nadie.
Este caso exhibe una insuficiencia probatoria tan patente que la defensa pudo haber ejercido el derecho a guardar silencio —es decir, pudo haber callado, pudo no haber ofrecido una teoría alternativa de los hechos— y aun así estaríamos en condiciones de afirmar que la Fiscalía no reunió los elementos necesarios para soportar la carga probatoria que le correspondía”, ha señalado el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, ponente del proyecto.
La defensa aseguro que todo "era producto de una fabricación dolosa por parte de la Fiscalía, la cual habría arrastrado una serie de errores desde el primer proceso impulsado contra de los quejosos por el secuestro de G. L. P., hermana de A. C. P., y que ahora, de alguna manera, buscaba compensar con la persecución de una nueva acusación evidentemente infundada”.
Los ministros informaron que se trata de un caso donde se fabricaron pruebas, culpables y donde la justicia solo quería satisfacer un deseo, imponer su autoridad, según información de Arturo Zaldívar, presidente de la SCJN.